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Las Horas Extras PDF Imprimir E-Mail

ImagePor horas extras en los centros de trabajo entendemos aquel tiempo que se excede a la jornada normal de trabajo. Para poder definir cuándo se laboran horas extras, primeramente debemos saber cómo se conforma una jornada normal de trabajo.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que la jornada diurna comprende de las seis a las veinte horas, cuya duración máxima será de ocho horas; la nocturna de las veinte a las seis horas con duración máxima de siete horas y media y, la mixta, con periodos de tiempo de las dos anteriores, siempre que el periodo nocturno sea máximo de tres horas o se reputará nocturna, y que deberá durar máximo siete horas y media (artículos 60 y61). Por tanto, la jornada semanal diurna comprende de 48 horas, la mixta 45 y la nocturna 42.

El articulo 123 constitucional, en sus fracciones II Y III, señala que: la duración de la jornada máxima será de ocho horas y que la jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas, La fracción XI señala que cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de jornada, se abonará 100% más de lo fijado para las horas normales. En ningún caso el trabajo extraordinario podrá exceder de tres horas diarias, ni de tres veces consecutivas. Los menores de 16 años no serán admitidos en esta clase de trabajos

 

También establece la LFT: el patrón y el trabajador fijara la duración de la jornada (normal) de trabajo, sin que pueda exceder de los máximos legales. Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los primeros el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente (artículo 59).

 

Es decir, de común acuerdo, entre el patrón y el trabajador, acordaran la manera de repartir las 48 horas de trabajo semanal en la jornada diurna o las 45 horas de trabajo semanal en la jornada mixta o las 42 horas de jornada semanal en la parte nocturna.

 

Existen centros de trabajo donde se acostumbra laborar sólo de lunes a vienes, en este caso las horas laborables de la semana, de pendiendo del tipo jornada, quedaran repartidas en los días de lunes a viernes. En los casos que se trate de centros de trabajo que acostumbran trabajar de lunes a sábado, laborando sólo medio día del sábado, las horas de la jornada quedaran repartidas en esos días.

 

Ejemplo de Jornada Diurna en un centro de trabajo que se labora solo de lunes a viernes:

 

 

Día                      Lunes             Martes           Miércoles           Jueves              Viernes

 

Horario          8:00 a 18:00   8:00 a 17:30    8:00 a 17:30      8:00 a 17:30      8:00 a 17:30

Horas                 10 horas         9.5 horas         9.5 horas            9.5 horas           9.5 horas

 

En este ejemplo, como podemos observar se laboran más de 8 horas diarias. Sin embargo, las hora excedentes de las 8 horas diarias no constituyen horas extras, puesto que la suma de todas las horas laboradas de lunes a viernes son las 48 horas normales de la jornada diurna, lo cual se encuentra permitido como lo establece el artículo 59 de la LFT. Entonces, podemos hacer combinaciones diferentes para las diferentes tipos de jornada, siempre y cuando no rebasemos los límites establecidos para cada una de ellas (diurna 48 horas por semana, nocturna 42 horas por semana y mixta 45 horas por semana). Las horas excedentes de las jornadas laborables normales se entenderán por horas extras.

 

Por otro lado, la LFT en su artículo 66 establece: la jornada de trabajo puede prolongarse por circunstancias extraordinarias, sin exceder de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.

 

Estas horas excedentes a la jornada normal que se encuentren en el límite de 3 horas y no más de 3 veces a la semana se pagarán con 100% más del salario que corresponda a las horas de jornada normal, es decir al doble. Y la prolongación del tiempo extraordinario que exceda de 9 horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con 200% más del salario que corresponda a las horas de la jornada normal, es decir al triple.
 
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